Finanzas islámicas

En cualquier clase de economía, o en este mismo blog, podemos aprender que el leit motiv de las finanzas es la gestión del valor del dinero en el tiempo; no vale lo mismo un euro hoy que dentro de un año. Este principio básico, que se traduce en el cobro de un tipo de interés cuando pedimos un préstamo al banco, resulta estar perseguido por ley en cada vez más países musulmanes, debido al resurgir de sistemas político-religiosos. Estos sistemas, que, al igual que los occidentales, necesitan canalizar el ahorro desde las unidades con superávit a las que tienen necesidades de financiación, se ven obligados a buscar formas financieras alternativas.

En este contexto, las entidades bancarias musulmanas han diseñado una oferta de servicios financieros que obedezcan a la Ley Islámica o Sharia, que como hemos anticipado prohíbe el cobro de intereses por el dinero prestado o invertido por considerar inmoral obtener ganancias del intercambio del dinero por dinero (explícitamente menciona la Riba o usura).

Los primeros indicios de este particular sistema financiero se remontan al siglo VIII, en un entorno monetario estable basado en una moneda fuerte como era el dinar. Fue entonces cuando se introdujeron algunos instrumentos financieros que posteriormente se adoptaron en la Europa medieval desde el siglo XIII hasta la actualidad. No obstante, la banca islámica no nació como tal hasta la segunda mitad del siglo XX.

Teóricamente un musulmán no puede hacer uso de financiación convencional; existe una salvedad en la que por caso de extrema necesidad (darura), se puede hacer uso de ella, pero como digo es una necesidad extrema:

La necesidad que permite préstamos usureros es la misma necesidad que permite comer la carne de carroña, cerdo y similares, en cuyo caso el necesitado está expuesto a peligro de hambruna, desnudez o dormir en la calle
Shaykh Muhammad Sa’id Ramadhan al-Bouti

Los principios básicos de las finanzas islámicas son cuatro:

  • La asunción compartida de riesgos, pérdidas y ganancias: La ganancia obtenida por el banquero está directamente vinculada al rendimiento de los proyectos de su cliente. Las garantías cobran vital importancia especialmente en los préstamos a particulares.
  • La materialidad de la transacción financiera: En general la sofisticación de los productos financieros y el cobro de intereses está mal visto; intercambiar dinero por dinero (es decir, la financiación clásica de toda la vida, considerar que el dinero se aprecia y existe la inflación) se considera riba.
  • La prohibición de explotación: Hacer leña del árbol caído está mal visto en casi todas las culturas, la verdad. La diferencia es que aquí está explícitamente prohibido.
  • La no financiación de actividades pecaminosas.

Todo esto impone una serie de restricciones a las finanzas que los musulmanes pueden utilizar. Entre los productos financieros más comunes ofrecidos por sus entidades financieras podemos destacar los siguientes:

  • Musharaka: acuerdo entre el banco y el cliente en virtud del cual ambas partes contribuyen con capital en la financiación de un proyecto donde se acuerda el modo de distribuir las ganancias así como compensar las pérdidas. Existe una variante llamada Mudaraba bajo el cual, una de las partes contribuye con trabajo (el cliente) y la otra con capital (el banco). Estos acuerdos buscan compartir el riesgo, intentando evitar que sólo una de las dos partes se vea afectada (que tendería a ser la débil)
  • Qard Hasan: préstamo solidario sin intereses y sin participación en ganancias, con aires de beneficencia.
  • Zaqat: Limosna, pura y llanamente. Este dinero no espera ser devuelto, ni ninguna prestación de servicio como contrapartida (salvo la gratitud).
  • Murabaha: un tipo de venta particular que sigue los mandatos de la Sharia. En ésta, el vendedor tiene que hacer explícitos los costes del producto (una “declaración honesta de costo”, según la Sharia), y, por tanto, su beneficio.

Éste último es el más usado, llegando a constituir más del 80% de los volúmenes de este tipo de finanzas; bajo este régimen, por ejemplo, el banco en lugar de darte una hipoteca comprará la casa y te la venderá a plazos, evitando cobrarte un interés por el préstamo hipotecario.

(Ningún artículo suficientemente relacionado)

3 Comments

  1. Santi
    Posted 21/01/2010 at 08:34 | Permalink

    Qué bueno! y podemos los infieles ser clientes de estos bancos??!?! No me vendría mál un Qard Hasan….

  2. Posted 21/01/2010 at 17:30 | Permalink

    Pues hombre, inicialmente sí puedes ser cliente, pero digo yo que no les darán préstamos sin intereses a la gente de forma indiscriminada… se hubieran arruinado ya – ten en cuenta que tendrán que ganar dinero por otro lado, pero no pueden ser usureros, y no son bancos que se apalanquen mucho (aunque esto les vendría mal para el Qard Hasan, porque se endeudarían a un interbancario como el euribor y te lo darían gratis)

  3. Arkaitz
    Posted 26/07/2010 at 03:08 | Permalink

    Me parece genial esta iniciativa Islamica, tendríamos que tomar ejemplo de estas cosas buenas y hacer del mundo un lugar mejor en vez de un jaula de ladrones en la que al final todos acabamos afectados antes o despues.Y ya seria genial si no estuviera ligado a la religión(ya que esta suele generar problemas….ya lo conocemos), simplemente a los valores humanos y la elevación moral. De un mundo mas compasivo y menos egoísta. Por cierto me encanta tu blog, felicidades.

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